Pensiones y cartera
Aumento de pensiones 2027 en jardines infantiles: cuánto puedes subir y cómo calcularlo
· 6 min de lectura · Equipo KimoAdmin
Octubre y noviembre son los meses en que cada jardín decide cuánto va a cobrar el año siguiente. Para 2027 el Ministerio de Educación publicó las reglas antes que de costumbre, así que ya puedes hacer la cuenta exacta. Aquí está, paso a paso, con un ejemplo en pesos.
¿A qué jardines aplica la resolución?
La Resolución 020309 de 2026 regula a los establecimientos educativos privados que prestan educación formal con licencia de funcionamiento. Si tu jardín ofrece los grados de preescolar con licencia —en especial transición, que solo puede ofrecer un establecimiento reconocido por la Secretaría de Educación—, estás dentro del régimen de tarifas y tienes que hacer la autoevaluación y el reporte.
Si tu jardín presta solo educación inicial (sala cuna, caminadores, párvulos, prejardín, jardín) como prestador no oficial, sin licencia de educación formal, el régimen de tarifas de la resolución no está pensado para ti. Aun así, conviene usar el mismo tope como referencia: es el número que las familias van a ver en las noticias y con el que van a comparar.
Si no tienes claro en qué régimen estás, pregúntale a tu Secretaría de Educación antes de anunciar tarifas. Es más fácil corregir un borrador que una circular ya enviada a los padres.
Los topes por régimen
Cada establecimiento queda clasificado en un régimen según su autoevaluación institucional. A cada régimen le corresponde un porcentaje base que se suma al IPC, y encima van tres componentes adicionales que dependen de lo que acredites:
| Régimen | Base + IPC | Máximo con todos los componentes |
|---|---|---|
| Libertad regulada por acreditación de calidad | 7,14 % | 11,24 % |
| Libertad regulada por autoevaluación | 6,97 % | 11,07 % |
| Libertad vigilada | 6,80 % | 10,90 % |
| Controlado | 6,14 % | 10,24 % |
Los componentes adicionales son:
- Reconocimiento salarial docente: 3,2 %. Para quien paga al menos al 80 % de sus docentes según el escalafón del Decreto Ley 2277 de 1979, o acredita una estructura salarial equivalente o superior.
- Educación inclusiva: 0,40 %. Para quien atiende estudiantes con discapacidad o con trastornos específicos del aprendizaje y del comportamiento.
- Permanencia estudiantil: 0,50 %, 0,33 % o 0,16 % según el índice sea alto, medio o bajo. El índice se arma con la permanencia durante el año, la permanencia de un año a otro y la tasa de aprobación.
Los establecimientos en régimen controlado, además, deben formular un plan de mejoramiento.
Cómo calcular el porcentaje de tu jardín, con un ejemplo
Supón un jardín en libertad vigilada que paga a sus docentes según el escalafón, atiende a dos niños con discapacidad y tiene un índice de permanencia medio:
- Base del régimen: 0,66 %
- IPC: 6,14 %
- Reconocimiento docente: 3,2 %
- Educación inclusiva: 0,40 %
- Permanencia media: 0,33 %
- Total: 10,73 %
Si en 2026 la pensión era de $650.000, en 2027 puede llegar hasta $719.745 ($650.000 × 1,1073). La matrícula sigue la misma regla.
Ese es el techo, no la meta. Muchos jardines suben menos para no perder familias en el cambio de año, sobre todo en los grados donde la competencia del barrio es más fuerte. Lo importante es no pasarte: un cobro por encima de lo autorizado puede terminar en una queja ante la Secretaría y en la devolución de lo cobrado de más.
Qué cobros entran y qué reglas tienen
- Matrícula y pensión: suben con el porcentaje que te corresponda.
- Cobros periódicos (transporte, alimentación) y otros cobros: tienen que estar aprobados y cumplir la normativa vigente.
- Listas de útiles, textos y uniformes: las aprueba el Consejo Directivo y se registran en EVI. No puedes exigir marcas ni proveedores específicos.
Y una regla que no cambia: ningún estudiante puede ser retirado del sistema, suspendido de clases ni excluido de actividades académicas por falta de pago. El cobro de la deuda va por otro camino; lo explicamos en cómo cobrar pensiones atrasadas sin romper la ley.
El calendario: qué hacer entre octubre y enero
- Octubre: haz la autoevaluación institucional y reúne los soportes de cada componente (nómina docente, estudiantes de inclusión, datos de permanencia).
- Octubre y noviembre: reporta tarifas, autoevaluación y listas de útiles en EVI, en las fechas que fije tu Secretaría de Educación.
- Antes de las matrículas: la Secretaría expide el acto administrativo que autoriza tus tarifas. Guárdalo; es tu respaldo si una familia pregunta.
- Noviembre y diciembre: comunica las tarifas nuevas a las familias y abre la renovación de matrícula.
- Enero: carga las tarifas nuevas en tu sistema de cobro antes de generar la primera pensión del año.
Las fechas exactas de reporte las fija cada Secretaría; revisa la circular de la tuya.
Cómo contarle el aumento a las familias
Las familias aceptan mejor un aumento cuando lo reciben temprano, por escrito y con razones. Una circular corta funciona mejor que una reunión larga:
- El porcentaje y el valor nuevo, en pesos, para cada grado.
- La norma que lo respalda: «Resolución 020309 de 2026 del Ministerio de Educación».
- En qué se nota: el salario de las docentes, un salón nuevo, un material, una actividad.
- Las fechas: hasta cuándo se renueva la matrícula con la tarifa actual, si das esa opción.
- Si los tienes, los descuentos por pago anticipado o por hermanos.
Evita anunciarlo en el grupo de WhatsApp de padres: ahí la conversación se va a la queja. Mejor un mensaje directo a cada acudiente con la circular adjunta y un canal para las dudas.
Fuentes
- Ministerio de Educación: «Hasta 11,24 % podrán aumentar las matrículas y pensiones de los colegios privados en 2027»
- Portafolio: Ministerio de Educación fija aumento máximo de 11,24 % para matrículas de colegios privados
- El Espectador: Matrículas y pensiones de colegios privados en 2027, cuánto podrán subir y cómo se calculará
Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría jurídica o contable para tu caso.